¿Qué se requiere para el registro de naves y yates en Panamá?
Registro de naves y yates en Panamá

Quienes deseen disfrutar de la navegación en las aguas de Panamá tienen que considerar el marco normativo y realizar los trámites requeridos. Aquí entra el concepto jurídico de registro de naves y de yates, que debe realizarse ante la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), de modo que se garantice el cumplimiento de las normas de seguridad en este tipo de medios. Para ello, es necesario completar la solicitud y presentar algunos documentos que hay que conocer. Lo conveniente es acercarse a una firma de abogados en Panamá para que todo el proceso de registro se realice correctamente.

Solicitud y documentación para registrar naves y yates en Panamá

El primer paso es realizar la solicitud del registro. Aquí es importante tener mucho cuidado ya que la solicitud se tiene que completar sin errores, de lo contrario, el proceso puede retrasarse mucho. Afortunadamente, hay firmas de abogados en Panamá que se especializan en Derecho Marítimo y que pueden orientarlos en cada etapa para que el registro sea ágil y no cause desesperación.

Además de la solicitud, las partes interesadas tienen que brindar un documento especial que la firma de abogados les proporcionará para que esta pueda representarles ante la AMP, asimismo, para que tenga el poder de actuar en nombre de ellas y asegurar el cumplimiento de cada requisito solicitado por la autoridad.

Tras efectuarse la solicitud, tienen que entregarse una serie de documentos que mencionaremos a continuación y cuyo ordenamiento adecuado será el trabajo de los representantes de las naves y yates a registrar:

  • Contrato de compraventa. Este sirve para mostrar ante la autoridad la adquisición legal de la embarcación registrada. En caso de que esta se haya construido recientemente, tiene que brindarse el certificado de construcción.
  • Certificados técnicos. Sirven como evidencia de que el medio a registrar cumple con las normas de seguridad y requisitos técnicos.
  • Aceptación de compraventa. Es brindado por la firma de abogados en Panamá y corrobora la transacción de compraventa.
  • Documento de cancelación de registro anterior. Confirma la cancelación del registro previo de la embarcación. Si esta es de reciente construcción, el documento no es aplicable.
  • Certificado de tonelaje. Muestra las medidas de la embarcación y su emisión está a cargo de una sociedad clasificadora reconocida por la autoridad marítima.
  • Confirmación de la sociedad clasificadora. Permite la validación de la sociedad emisora del certificado anterior.
  • Póliza de seguro por contaminación. Sirve para que las embarcaciones tanqueras confirmen que están aseguradas contra la contaminación.
  • Confirmación de la autoridad de radio. En este caso, demuestra que la autoridad de radio es responsabilidad de la sociedad clasificadora.
  • Certificado para embarcaciones con más de dos décadas. Este es importante para corroborar que la nave o yate está en buenas condiciones para ser usada en aguas panameñas.

Otros puntos importantes para completar el registro

Además de estos puntos, es importante considerar otros aspectos legales para concluir debidamente el proceso de registro, entre los que destacan la Licencia de radio y la Licencia de navegación. Mediante ellas se confirma la capacidad de naves y yates para ser embarcados. Sus particularidades y diferencias son las siguientes:

  • Licencia de navegación. Se trata de la licencia de identidad de yates y naves y aquella que corrobora que la embarcación está en regla para su utilización. Tras su emisión, tiene que renovarse cada cuatro años, que es el periodo en que es válida.
  • Licencia de radio. La seguridad en alta mar es indispensable, por tal motivo, es importante esta licencia que garantiza la comunicación si llega a ocurrir algún percance. Para su obtención, es necesario completar una solicitud proporcionada por la firma de abogados en Panamá.

Ahora bien, todos los documentos que describimos anteriormente tienen que pasar dos procesos, conocidos como apostillado y autenticado. Pueden considerarse como pasos indispensables para el registro y validan que los documentos son legítimos para utilizarse a nivel internacional. Su omisión puede derivar en estancamientos portuarios de las naves y yates:

  • Autenticación. Se aplica para confirmar que los documentos proporcionados son auténticos. Tiene que efectuarse por un notario público del país en que los documentos fueron expedidos.
  • Los documentos tienen que llevar una firma del notario público. Es el proceso de apostillado el que valida que dicha firma es auténtica. Se lleva a cabo conforme al Convenio de la Apostilla de la Haya, por tal motivo, los documentos en los que se apliquen tendrán reconocimiento legal en los países miembros de dicho convenio. En caso de que el país emisor no forme parte del convenio, la autenticación de los documentos se realiza por el Cónsul de Panamá del país en el que fueron emitidos.

Como notarán, el proceso es un tanto complicado, por lo que es importante ser asistido por expertos en cada etapa para que el registro de naves y yates se realice sin obstrucciones y de forma fluida y rápida. En PANAMA LEGAL BUSINESS contamos con especialistas en Derecho Marítimo y en los diferentes aspectos relacionados con las actividades en mar.

Tenemos otros servicios dentro de este ámbito, por ejemplo, la obtención de licencia de radio, cambio de dimensiones y propietario, cancelación de registro panameño, entre otros. Igualmente, contamos con abogados de migración Panamá y de diversos ámbitos, como propiedad intelectual, derecho laboral, entre otros. Soliciten más información o una cotización marcando al 507 6430 7051 o llenen el formulario incluido en nuestro site para que nos pongamos en contacto con ustedes.

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